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Mediación penal. Casos en los que procede.
La mediación penal es un método alternativo de resolución de conflictos para delitos de bajo impacto social y menor cuantía. En la provincia de Buenos Aires está reglamentado, mientras que en Capital Federal es todavía un programa piloto, llevado a cabo por defensorías, fiscalías en lo contravencional y de faltas y en el Patrocinio Jurídico Gratuito de la Universidad de Buenos Aires, entre otros. Cabe destacar que en este último he presenciado su aplicación para delitos tales como incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, amenazas, lesiones y usurpación. De acuerdo a mi breve experiencia estimo rescatar que ha resultado fructífera para los fines que ha sido creada. No obstante, para gente que se dedica exclusivamente al fuero penal provoca grandes resistencia a su aplicación todavía en Capital Federal.
Podríamos destacar que procede en delitos:
1) Poca y hasta mediana gravedad
2) Autores primarios
3) Mínima culpabilidad o participación
4) Bien jurídico lesionado sea disponible
donde la solución sea:
1) Reparación de la víctima
2) Resocialización del autor
3) Rehabilitación (art. 17 y 21 Ley 23.737)
4) Pérdida del interés de castigo (art. 16, Ley Nº 24.769 – Régimen Penal Tributario)
5) La pena impuesta por otros delitos torna irrelevante
y por último, cuya aplicación práctica es:
1) Condicionalidad (art. 26 C.P.)
2) Determinanción de la Pena (art. 41 C.P.)
3) Suspensión del Juicio a prueba (art. 76 bis C.P., incorporado por Ley Nº 24.316)
4) Juicio Abreviado
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El siguiente usario agradeció el post de cobalto por este Post valioso:
ElDoctor
(08-09-10)
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Mediacion penal
Hola!!! Por mi profesion (abog/mediadora) conozco casos que fueron muy favorables en el tema de mediacion penal y justamente en la legislatura porteña se esta analizando el tema, para regularlo en capital. Creo que es importante poder resolver el conflicto, sin importar el rubro. Pero es verdad, que conozco abogados colegas que critican, por el tema de relacion tiempo/honorarios.
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Hola Julieta!!! No estaba al tanto que el tema se estaba tratando en la legislatura porteña. Coincido que es muy importante.
Es muy comun que las amenazas se archiven, subsistiendo las mismas, y por lo tanto el conflicto. Y en el marco de una mediación penal muchas veces se llega a una suerte de pacto en el cual las partes logran acordar pautas para una mejor convivencia.-
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si tal cual!!!!. Este jueves hay una reunion sobre el tema med penal con expositores penales muy buenos!!!!
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ah mira vos!!!!, yo presencié la mayoría de las med. penales a cargo de la Dra. María Elena Caram, y la dra Patricia Benedit, y tuve una clase teórica en el marco de la práctica forense. Los resultados fueron muy buenos. Una expediencia gratificante.
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Med. Caram es excelente!!! Escribe muy claro.
Muy buena la reunion en la legislatura!!!!!!!!!!!!!!!. Un debate enriquecedor entre un juez, un fiscal, una defensor, algunos diputados, abogados y mediadores. Ojala salga un proyecto interesante...
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