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La ley 26597 y las horas extraordinarias

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por - 11-06-10 a las 08:17 (2480 Visitas)
Hoy vemos en el Boletín Oficial la publicacón de la Ley 26597 que modifica el inciso a del art. 3 estableciendo una ampliación en el criterio de aplicación de horas extra.
El texto actualizado pueden verlo acá
La redacción anterior decía
Art. 3° - En las explotaciones comprendidas en el artículo 1°, se admiten las siguientes excepciones:

a) Cuando se trate de empleos de dirección o de vigilancia;

La nueva redacción dice:
a) Cuando se trate de directores y gerentes.

La diferencia radica en que anteriormente las empresas utilizaban (utilizan) un criterio amplio para definir cuales empleos son de dirección o vigilancia y ahora deberán ajustarse al cargo de la persona que quedará excluida de las horas extra solamente cuando se trate de directores o gerentes, debiéndose sumar a la masa de personas que cobran horas extras a todos los "fuera de convenio" que hasta hoy no gozaban de dicho beneficio.
Si las empresas lo aplicarán, es algo para ver, seguramente no será algo fácil ni automático.

En una próxima entrada prometo explicar el funcionamiento de la jornada laboral, un tema que tiene varias aristas interesantes.

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Comentarios

  1. Avatar de MANSILLA677
    hola a todos , yo tengo una consulta para hacerles , y es la siguiente: que pueden aducir las empresas para no pagar en el caso de los empleados fuera de convenio , si la ley es muy clara, y en caso de que las empresa no cumplan que se debe hacer.

    gracias, Miguel
  2. Avatar de Microlex2
    Hola Mansilla677,
    Lo que están aduciendo algunos abogados de empresa es que no se derogó la reglamentación y por eso podría discutirse la aplicación de la nueva ley.
    En caso de que una empresa no cumpla y sientas que se está vulnerando tu derecho lo primero es consultar a un abogado de confianza, siempre se puede reclamar los derechos que uno considera que vulnerados en forma judicial, de todas formas es importante consultar a un profesional para ser correctamente asesorado.
    Espero haberte ayudado.
    Saludos!

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