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Art.1.- Dispónese que las Unidades de Atención Integral (UDAI), dependientes de la Gerencia Prestaciones Descentralizadas, de la Subdirección de Prestaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en oportunidad de entender en los pedidos de Prestación Básica Universal (PBU), mediante la acreditación de servicios domésticos, conforme los términos de la Circular N° 57/08, deberán exigir a los peticionantes la siguiente documentación, con sujeción a la categorización dispuesta ...